Ley Sabina en Edomex va contra los Deudores Alimentarios

Ley Sabina en Edomex va contra los Deudores Alimentarios
  • Con estos cambios será necesario presentar el certificado de NO inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramitaciones

Toluca, Estado de México. - En el pleno de la legislatura local, la diputada Karina Labastida Sotelo propuso diversas reformas que forman parte de la “Ley Sabina”, con la intención de que los deudores alimentarios cumplan con la obligación de satisfacer las necesidades de sustento y supervivencia de sus hijos, lo que permitirá contar con un marco jurídico en concordancia con los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, dijo.

Destacó a la principal impulsora de la “Ley Sabina”, Diana Luz Vázquez, acompañada de madres, hijas e hijos de los deudores que no han cumplido con el pago de pensión alimenticia y los recibió en el pleno durante la presentación de la iniciativa que reforma 8 leyes, incluida la Constitución local.

La legisladora de Morena presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones estatales, a fin de armonizarlas con la “Ley Sabina”, la Constitución Política, el Código Civil, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley del Notariado del Estado de México, la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa estatal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, en materia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Enfatizó que esta reforma establece como requisito para cargos de representación popular, no estar inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, para ser Gobernadora o Gobernador, diputada o diputado, propietario o suplente, miembro de un ayuntamiento, magistrada o magistrado, tanto del Poder Judicial, como del Tribunal de Justicia Administrativa o aspirante a notario.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos, actualmente puede ser catalogado como un mecanismo de presión social y civil para responsabilizar a los deudores alimentarios que incumplan con sus obligaciones; es decir, para que las personas obligadas al pago de alimentos no persistan en el incumplimiento del mismo, por lo que constituye una herramienta de protección para salvaguardar los intereses de la familia en materia de alimentos y fomenta una cultura de legalidad en la materia y de solidaridad familiar.

En la exposición de motivos Karina Labastida apuntó que, de acuerdo al Tercer Informe del Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, entre los asuntos que se tramitan con mayor frecuencia se encuentran los juicios de pensión alimenticia, tan solo en el 2022, se tramitaron 12 mil 362 juicios, y el incumplimiento de la obligación de la pensión es un delito.

“Conforme a la información reportada por el director general del Registro Civil del Gobierno del Estado de México, desde su creación a la fecha, han sido inscritas un total de 561 personas como Deudores Alimentarios Morosos, de éstas 534 han sido hombres y 27 mujeres; esto es, el 95 por ciento de los deudores alimentarios, son hombres” señaló la morenista.

Por lo que esta reforma, subrayó contempla la creación de un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias y utilizar los sistemas e instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF para que con ella se integre el registro.

Con estos cambios será necesario presentar el certificado de NO inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramitaciones como: Obtención de licencias y permisos para conducir, de pasaporte o documento de identidad y viaje, y para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular, así como en el proceso de selección para asumir el cargo de juez o magistrado en el ámbito local y federal.

De igual manera en los trámites realizados ante notario público relativos a la compraventa de inmuebles será necesario presentar el certificado de no deudor, y para solicitudes de matrimonio en donde el juez deberá hacer del conocimiento de los contrayentes si alguno se encuentra en el Registro y la situación que guarda respecto de sus obligaciones, concluyó.

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